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Fecha de caducidad y fecha de consumo preferente; no es lo mismo

Fernanda Crofton Hudson • oct 21, 2019

Diferenciar ambos conceptos es esencial a la hora de leer las etiquetas de los alimentos. De ello depende que podamos comer el producto o no


Una de las claves para seguir unos hábitos de vida saludables y garantizar la seguridad alimentaria en el hogar es aprender a leer las etiquetas de los alimentos que metemos en nuestra cesta de la compra y almacenamos en nuestros frigoríficos y despensas.

En este sentido, hay que prestar atención no solo a la lista de ingredientes y a la proporción en la que se encuentran. Además, es fundamental fijarse en dos términos, ya que de ellos va a depender que podamos comer el producto o no o cuánta prisa nos tenemos que dar en hacerlo.

Fecha de caducidad

La fecha de caducidad indica el día a partir del cual consumir el producto entraña algún riesgo para la salud por leve que sea. De esta forma, lo mejor es no tomarlo ni tratar de darle salida congelándolo, cocinándolo o incluyéndolo en recetas de aprovechamiento. Observar rigurosamente la fecha de caducidad tiene especial importancia en productos frescos como la carne y sus derivados, el pescado y el pollo. Generalmente estos productos delatan su fecha de caducidad por el olor, pero no siempre ocurre así, de forma que la fecha de caducidad se convierte en la norma para tomarlo o tirarlo; hay que ser estrictos en aplicarla.

La fecha de caducidad se compone del día y del mes en el que el producto deja de ser comestible. Debe figurar en un lugar visible del envase del producto.


Fecha de consumo preferente

Esta cifra indica el día a partir del cual el fabricante no puede garantizar que el producto conserve todas sus propiedades organolépticas (olor, textura, color…) intactas aunque se pueda comer sin problemas. Es decir, el producto puede no estar en condiciones óptimas, pero no representa ningún riesgo para la salud, de forma que si se ha conservado según las indicaciones del fabricante y el envase no está dañado, se puede comer independientemente de que a la vista nos resulte más o menos apetecible.

La fecha de consumo preferente hace alusión a la conservación del producto siempre y cuando se almacene y conserve correctamente en el envase del fabricante. De esta forma, si en un determinado alimento se indica que “una vez abierto, consumir en tres días” debe tomarse esta indicación como válida, y no la fecha de consumo preferente, que será mucho más amplia si el producto está cerrado y el envase no sufre ningún deterioro.

La fecha de consumo preferente puede aparecer, según el tipo de producto, con el año y el mes, el mes y el día o solo el año. Igual que ocurre con la fecha de caducidad, debe estar en un lugar visible del envase; de hecho, suele ir junto a esta.

Información útil sobre ambas fechas

  • Según la normativa legal, los supermercados y superficies comerciales no pueden vender productos que hayan sobrepasado ni la fecha de caducidad ni la fecha de consumo preferente (aunque estos últimos sean aún comestibles). De esta forma, y aunque tienen mucho cuidado de retirarlos de los estantes, los consumidores deben prestar atención a esta información. Si por error un usuario adquiere un producto que ha sobrepasado alguna de estas fechas, tiene derecho a que los responsables del establecimiento le devuelvan el importe pagado o le restituyan el producto por otro dentro de las fechas.
  • Hay productos que no están obligados a incluir esta información sobre fechas límite de consumo. Estos productos son: frutas y verduras frescas que no hayan sido sometidos a ningún tratamiento previo a su venta, vinos, vinagres y bebidas alcohólicas elaboradas a partir de uva o mosto, bebidas alcohólicas de graduación superior a 10º, zumos y refrescos en envases de más de cinco litros destinados a colectividades. El azúcar, la sal y los chicles tampoco están obligados a ello.
  • Los productos de panadería, pastelería o bollería fresca (no industrial) también están exentos de reflejar estas fechas porque normalmente deben consumirse dentro de las 24 horas siguientes a su elaboración para cumplir con los estándares de calidad exigidos.
  • La congelación puede extender la vida útil de un producto más allá de las fechas de consumo preferente y de caducidad. No obstante, eso no quiere decir que un producto congelado no vaya perdiendo propiedades, aunque lo haga de manera más lenta, y que llegue un momento en el que tampoco se pueda consumir.
Fuente: www.muysaludable.sanitas.es
22 abr, 2020
El COVID-19 ha provocado una crisis a nivel global que ha modificado de forma drástica la sociedad. Entre los cambios más notables se encuentra la forma de gestionar la salud y las herramientas digitales se han convertido en un elemento esencial a este respecto. • En Sanitas hemos visto cómo las videoconsultas con especialistas se han multiplicado por 10 hasta alcanzar las 5.000 consultas digitales diarias, cuando antes se realizaban una media de 300. Más de 22.575 personas han hecho uso de videoconsulta en el mes de marzo. • Más de 2.500 médicos prestan asistencia sanitaria por videoconsulta gracias a la digitalización. • Las especialidades más demandadas por videoconsulta durante el confinamiento son pediatría, ginecología y psicología. • También la atención de urgencias 24 horas, con una media de 2.100 consultas diarias, con días en los que la cifra ha alcanzado las 5.000. • Las visitas al Programa Digital de Embarazo han aumentado un 59%, y las consultas realizadas a las matronas dentro del programa, se han incrementado un 25%. • Además, complementario a la atención que matronas, ginecólogos y fisioterapeutas que prestan a través de la videoconsulta y chat dentro del Programa Digital de Embarazo, se han puesto en marcha clases de preparación al parto online. Más de 1.635 asistentes y 896 preguntas confirman que la sociedad hace uso de la digitalización para cuidar y mantener su salud. Ahora más que nunca están emergiendo las enormes posibilidades que aporta la transformación digital al sistema sanitario. Gracias a la experiencia de más de cuatro años de Sanitas, que lanzó su seguro digital Blua en 2016 con este servicio incluido, las videoconsultas han podido hacerse con normalidad y el aumento exponencial de la demanda por parte de los clientes ha podido ser asumido porque la compañía estaba preparada. Vamos a ganar esta batalla. Todos juntos. #JuntosVamosAVencerCOVID19
Por Sanitas 20 sept, 2019
Cada vez hay menos dudas de que el deporte y el ejercicio físico son excelentes maneras de asegurarse un buen estado de salud. La actividad física no solo ayuda a mantener en forma el sistema cardiovascular, ayuda a alejar el fantasma de la diabetes tipo 2, el de la obesidad, el de la osteoporosis… Además, el ejercicio es clave para reducir el riesgo de desarrollar ciertos tumores y es una pieza clave para asegurarnos un envejecimiento saludable. No obstante, cabe recordar que la actividad física también puede ser origen de lesiones y patologías (no solo del aparato locomotor), fruto de una falta de planificación a la hora de abordar los entrenamientos y de no saber si verdaderamente estamos preparados para hacer cualquier tipo de ejercicio. Recientemente, la Sociedad Española de Medicina del Deporte (SEMED- FEMEDE) ha publicado un documento de consenso que recoge diversas contraindicaciones que pueden resultar un obstáculo para hacer deporte. Además, en dicho documento se especifica si esa contraindicación es absoluta o relativa, lo que resulta imprescindible a la hora de que los profesionales asesoren a los pacientes acerca de cuál es el deporte más indicado para ellos, de cuáles son las alternativas en caso de no poder practicar el ejercicio elegido o de cómo llevarlo a cabo en cuanto a intensidad, frecuencia de los entrenamientos, biomecánica, nutrición, descanso… para que el deporte sea sinónimo de salud y no al contrario.
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Studying in Spain
Por OC SANITAS - SANT ANDREU 16 dic, 2018
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